miércoles, 1 de enero de 2014

Información para todo el personal

En referencia a la nota denominada “Información de la Presidencia del Patronato” de fecha 20 de diciembre de 2.013, hemos de puntualizar los siguientes aspectos:

1º.- Durante los últimos meses y bajo la apariencia de un proceso negociador la empresa ha pretendido IMPONERNOS unas condiciones salariales y laborales, que son similares, por no decir las mismas, que las condiciones que a través de la patronal se nos trató de imponer a través del convenio XHUP y que fueron ampliamente rechazas por los trabajadores de la Fundación.

2º.- La empresa no ha tenido ninguna voluntad de negociación sino de imponer las CONDICIONES DEL SECTOR, tal y como podéis ver en las continuas referencias que realizan en su escrito sobre otros hospitales. A NOSOTROS NOS IMPORTAN LAS RELACIONES LABORALES EN EL SENO DE LA FUNDACIÓN PUIGVERT¡¡¡ independientemente de las del sector, las cuales fueron rechazadas en asamblea.

3º.- A nuestro criterio la empresa NO PUEDE UNILATERALMENTE y A SU ANTOJO modificar nuestro horario y QUITARNOS NUESTRO SALARIO que es lo que ha pretendido por vía de la apariencia de negociación, y por imperativo legal, para luego fijar las condiciones que le viene en gana. Ante tal situación, serán los Tribunales de Justicia los que dictaminen si la empresa puede o no puede unilateralmente APROPIARSE DE NUESTRO SALARIO.
 
Os invitamos para el que día 12 de febrero de 2014 a las 9,30 horas nos acompañéis en el Juzgado de lo Social nº 33 (Ronda Sant Pere, 52, entresuelo) en el acto de la vista donde se decidirá si se mantienen las condiciones fijadas unilateralmente por la empresa o SI NOS TIENEN QUE PAGAR LO QUE VENÍAMOS PERCIBIENDO!!!

4º.- La irresponsabilidad de la empresa hace que en el caso de que la sentencia sea favorable al criterio del Comité, NOS TENDRÁN QUE PAGAR:
 
* EL 5% QUE NOS DETRAEN DESDE EL DIA 10 DE AGOSTO.
* LA PAGA DE OBJETIVOS.
* EL 50% DEL EQUIVALENTE A UNA GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA.
 
Es decir, LO QUE VENÍAMOS PERCIBIENDO ANTES DE LA IMPOSICIÓN.

Asimismo, todas las demás medidas que han tomado SERÍAN ANULADAS.
 
Por lo tanto, entendemos que lo único que pretende la Dirección con sus informaciones es CONFUNDIROS!!
Si la sentencia nos da la razón, SU ESTRATEGIA SE HABRÁ IDO A PIQUE! SEREMOS EL ÚNICO HOSPITAL QUE MANTENDRÁ SUS PERCEPCIONES SALARIALES!!
Y lo único que les preocupa ES QUE QUEDARÁN RETRATADOS DELANTE DE LOS TRABAJADORES Y DELANTE DEL SECTOR.

5º.- En cuanto al asunto del 5% detraído en aplicación del Decreto 3/10 os debemos de informar que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia DECLARANDO NO APLICABLES LA DISPOSICIONES DEL CITADO DECRETO A LAS FUNDACIONES PRIVADAS.
 
La citada sentencia es para los establecimientos socio-sanitarios y de salud mental, estando a la espera de la sentencia del Tribunal Supremo para el convenio XHUP.
 
Es evidente que si el Tribunal Supremo mantiene los mismos criterios para el convenio XHUP, LAS FUNDACIONES PRIVADAS, como es la nuestra, deberán ABONAR A LOS TRABAJADORES TODAS LAS CANTIDADES DETRAÍDAS EN CONCEPTO DEL 5% DESDE JUNIO DE 2.010 A JULIO DE 2.013.

¡¡¡ABONAR!! NO NEGOCIAR!!!
NO VAMOS A NEGOCIAR NI UN CÉNTIMO DEL 5%, ¡QUÉ NO OS ENGAÑEN NI MANIPULEN!!!

En referencia a la demanda de 123 trabajadores manifestaros que la misma está, como no podría ser de otra manera, presentada ante los Juzgados de lo Social, a la espera de que el Tribunal Supremo dicte la sentencia del convenio XHUP y se celebre el Conflicto Colectivo planteado por este Comité de Empresa.
 
TODAS LAS CANTIDADES ADEUDADAS ESTÁN PERFECTAMENTE GARANTIZADAS EN VÍA JUDICIAL, por lo que, solamente llegamos a comprender la postura de la empresa en el ánimo de CONFUNDIR, MALMETER Y MANIPULAR ya que a estas alturas son conscientes de que NOS VAN A PAGAR TODO EL 5%!!!

6º.- De conformidad con lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Social de 10 de octubre de 2011 y habiendo presentado este Comité de Empresa un Conflicto Colectivo que se tramita ante el Juzgado de lo Social nº 15, los trabajadores que no hayan demandado el 5% PODRÁN REALIZARLO una vez se dicte la correspondiente sentencia del Conflicto favorable a las posiciones del Comité de Empresa.

OS MANTENDREMOS INFORMADOS

 

¡NO VAMOS A PERMITIR QUE LA EMPRESA SE QUEDE UNILATERALMENTE CON NUESTRO DINERO!
¡PROU RETALLADES!
 


SI TENÉIS ALGUNA CUESTIÓN NO DUDÉIS EN PREGUNTAR.

Información para el personal con jornada parcial

OS ACONSEJAMOS QUE HASTA LA RESOLUCIÓN POR PARTE DEL JUZGADO SOCIAL Nº 33 DEL CONFLICTO COLECTIVO INTERPUESTO CONTRALA NORMATIVA UNILATERAL DE LA EMPRESA Y CUYO JUICIO ESTÁ PREVISTO PARA EL PRÓXIMODIA 12 DE FEBRERO DE 2014, NO PROCEDÁIS A FIRMAR NINGÚN DOCUMENTO DE AMPLIACIÓN DE JORNADA.